Alimentos

CUOTA ALIMETARIA

La ley dice que hay que financiar la alimentación, la educación, la salud, la vivienda, el vestuario de las personas y los gastos necesarios para adquirir una profesión y oficio. Hay tres fuentes de cuotas alimentarias en el derecho de familia: el matrimonio, el parentesco y la filiación.

El caso mas usual de consulta es aquel que involucra a menores al separarse una pareja. Si bien hay ciertas particularidades, en general  los alimentos deben satisfacerse hasta la mayoría de edad y puede extenderse hasta los 25 años si el alimentado continua estudiando y no tiene medios para sostenerse.

ARTICULO 663 CCCN.- Hijo mayor que se capacita. La obligación de los progenitores de proveer recursos al hijo subsiste hasta que éste alcance la edad de veinticinco años, si la prosecución de estudios o preparación profesional de un arte u oficio, le impide proveerse de medios necesarios para sostenerse independientemente. Pueden ser solicitados por el hijo o por el progenitor con el cual convive; debe acreditarse la viabilidad del pedido.

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué son los alimentos?: Son el conjunto de todo lo que necesita una persona para vivir, vestirse, recibir atención médica, educarse, etc..

¿Cómo se pagan los alimentos?: Con cuotas en dinero, pero la persona obligada puede pedir que se paguen de otra manera.

¿Qué parámetros se toman para fijar la cuota?: En general, las posibilidades económicas de quien debe pagarlos. No obstante, las tareas cotidianas que hace la madre o el padre que tiene el cuidado del hijo o hija (conocido cotidianamente como "tenencia" al resolver el Régimen de Comunicación) tienen un valor económico y son un aporte que seguramente será considerado por el juez al momento de fijar los alimentos.

¿Cuándo deben pagarse alimentos?: Cada mes, por anticipado. También pueden fijarse períodos más cortos.

¿Quiénes pueden reclamar alimentos? Los hijos e hijas a sus progenitores, uno de los cónyuges al otro y algunos parientes entre sí. Por ejemplo una nieta a un abuelo, una abuela a un nieto, una madre a la hija, etc.

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